El Reglamento de Tránsito establece que la bicicleta tiene los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro vehículo, el capítulo III de esta normativa menciona también las medidas que deben cumplir los ciclistas, algunas son:
- Respetar las señales de tránsito.
- Circular en sentido de la vialidad aún en las ciclovías.
- Rebasar por el carril izquierdo
- Circular solamente sobre un carril
- Llevar a bordo sólo al número de personas para las que exista un asiento.
- Como ciclista tienes preferencia de paso en intersecciones cuando el semáforo te indique siga, en caso de no existir semáforo tienes preferencia sobre el vehículo que cruce la calle. Te recomendamos hacer contacto visual con el conductor y cruzar con precaución.
- Las ciclovías son carriles destinados únicamente para la circulación de vehículos no motorizados. Cuando existan ciclovías, preferentemente circula por ellas.
- El sentido de las calles aplica para todos los vehículos, incluidas las bicicletas.